MENSAJE FRENTE A LA INICIATIVA DE REFORMA DE LA LEY NÚMERO 701 DE RECONOCIMIENTO, DERECHOS Y CULTURA DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO DE GUERRERO
La Constitución Política de los Estadios Unidos Mexicanos en su artículo 2°, reconoce que la Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas Se reconoce a los pueblos indígenas como una unidad social, económica y cultural, pero no política. Y aunque en varios de sus incisos y fracciones reconoce la libre determinación y autonomía, las autoridades propias, los usos y costumbres, en seguid los acotan al afirmar que se deben acatar a normas previamente establecidas y sin existir reglamentación alguna de cómo se ejerce tal autodeterminación y autonomía.
Entonces hay que ser directos, estos derechos se reconocen en el discurso y en el papel, pero en la práctica y en la vida cotidiana de los pueblos indígenas, no se respetan. Son violentados abiertamente al implementar políticas de toda clase, como la manipulación de los partidos políticos y a través de los programas sociales.
Los indígenas no se les reconoce el derecho de elegir libremente sus autoridades locales y municipales; hasta el día de hoy, los pueblos indígenas son sometidos y se les impone políticas autoritarias y de manipulación para que los partidos políticos de todo tipo, obtengan votos a su favor, violentando así, los derechos de los pueblos indígenas y rompiendo la unidad y convivencia comunitaria.
La ley 701 deberá integrar el derecho de los pueblos indígenas, como pueblos, de elegir a sus autoridades municipales (presidente municipal y representantes en el Congreso) fuera de los partidos y procesos electorales, para evitar una agresión a la cultura e idiosincrasia de los mismos.
Urge elevar a delito grave la discriminación y manipulación de los indígenas como personas y de las comunidades, para cualquier fin, empezando por el Estado Mexicano que lleva siglos, despreciando y combatiendo a los pueblos indígenas de diversas formas. La marginación y el subdesarrollo económico es una forma de violencia contra los pueblos indígenas. La rapiña contra sus territorio y cultura es otra forma de violencia contra los pueblos indígenas no importa que vaya disfrazada de megaproyectos de desarrollo.
La ley distingue a los indígenas y sus pueblos como personas de segunda y cuando de ellos se habla es mas en sentido folklórico inexistente. Los indígenas de carne y hueso que son miles, siguen siendo perseguidos, encarcelados y masacrados, ahora ya no por los españoles, ahora por el gobierno y sus esbirros.
Durante mucho tiempo los pueblos indígenas fueron relegados a segundo plano en cuanto a los derechos económicos, sociales, políticos y culturales, a lo largo de la historia muchas reformas y acciones estatales discriminaron a los pueblos Indígenas y ahora pretenden nuevamente volver a ese estilo xenofóbico.
Como siempre este proceso está lleno de irregularidades, uno de ellos es la falta de consulta real a los diferentes pueblos indígenas; la supuesta consulta es una pantomima mafiosa, no se está consultando a los pueblos indígenas y una Ley que no toma en cuenta al pueblo es una Ley espuria y no es necesario acatarla.
Por otro lado:
1) La inseguridad en los pueblos indígenas es muy alta, la población vive con un miedo constante por salir a las calles, el ciudadano ya no tiene la libertad de salir a divertirse con su familia ni mucho menos el derecho de mandar a sus hijos a la escuela nuestros maestros han sido hostigados, amenazados, secuestrados y hasta asesinados, pero no ha sido el único gremio afectado, también los médicos, burócratas, abogados y los mismos encargados de la seguridad pública.
2) La alta tasa de homicidios y el nivel de impunidad, colocan al estado de Guerrero como el más violento de México, por encima de Morelos, Sinaloa y Michoacán, según el análisis índice de Paz México 2015 del Instituto para la Economía y la Paz (IEP).
3) El IEP también calificó mal al Sistema Judicial del estado al señalar que la tasa de impunidad en homicidios en 2014 es del 89%.
4) En Guerrero 38 de los 81 municipios que conforman la entidad viven en condiciones de muy alta marginación; casi el 50%. El estado tiene 2 558 localidades con grado de marginación muy alto, lo que representa el 11.4%; 450 mil habitantes (19.4%) viven en localidades con grado de marginación muy alto, de acuerdo con las estadísticas del CONAPO 2010. Estas pequeñas comunidades se ubican principalmente en la región Centro, Costa Chica y la Montaña.
5) La Montaña es una de las zonas con mayor presencia indígena a nivel estatal y nacional. Ahí se encuentran municipios como Cochoapa el Grande y Metlatónoc, que en el contexto nacional ocupan el primero y sexto lugar entre las 10 localidades más marginadas del país.
6) Por ello, la reforma a la Ley 701 será positiva si considera:
– En primer lugar el respeto amplio de los derechos a los pueblos indígenas de contar y ejercer con su propio Sistema de Seguridad y Justicia Indígena y Popular, contar con su Policía Ciudadanas y Popular PCP y su Consejo de Gobierno.
– Que el derecho al desarrollo económico de los pueblos indígenas, no se limite a dadivas a través de programas sociales que no son mas que paliativos que poco hacen para el crecimiento económico.
– Que la corrupción y manipulación con que se maneja y se controla a la población indígena por parte del Estado, sea considerada una agresión y delito y sancionar a quienes desde el poder político lo ejercen.
– Que el derecho ya estipulado en la constitución que reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y en consecuencia, a la autonomía para: Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, debe ser efectivo y considerado por esta ley
– La Ley 701 debe considerar como base el reconocimiento de Guerrero como una entidad pluricultural, así como la inclusión plena de los pueblos indígenas, como son: el Náhuatl, el Mixteco, el Tlapaneco, el Amuzgo y los pueblos afro mexicanos.
– El derecho amplio a la autodeterminación que significa que los pueblos tienen la capacidad para decidir por sí mismos lo que conviene o no a sus derechos colectivos y humanos, a la consecución de su destino de acuerdo con su soberanía popular.
– La autonomía de los pueblos y comunidades indígenas es uno de los elementos más importantes de la convivencia y vinculación entre los pueblos y el estado, que requiere personalidad jurídica
– Eliminar la ambigüedad del derecho indígena que acotado por disposiciones de carácter prescriptivo contiene los elementos de un sistema normativo: en donde las obligaciones y derechos no están clarificadas.
– Tanto la constitución federal como la estatal y la Ley 701 contempla el derecho y acceso a la salud, a la educación, a una vida saludable, pero este precepto como otros son declarativos en la práctica no existe tal condición, cientos y miles de personas no tienen acceso a la salud y educación a la alimentación adecuada y a otros derechos elementales porque el estado no concreta acciones reales.
Exigimos:
1) Respeto absoluto a los derechos de los pueblos indígenas hasta ahora conquistados contemplados en la Ley 701, e incorporación en dicha Ley el reconocimiento del Sistema de Seguridad y Justicia Indígena y Popular de la CRSJ-PCP.
2) No a la derogación de la ley 701 sobre reconocimiento de derechos y cultura de los pueblos indígenas del estado de Guerrero.
3) Solución a las demandas fundamentales de los pueblos y comunidades indígenas que yacen añejamente sin solución, DE LOS PLIEGOS PETITORIOS ESPECIFICOS, para lo cual exigimos respuesta inmediata.
4) Alto a la represión y presentación de los 43 desaparecidos de Ayotzinapa.
5) Libertad a todos los presos políticos.
6) Respeto a la libertad de expresión y manifestación.
FRATERNALMENTE
“Por la Soberanía Popular, Libertad, Justicia y Paz”.
Coordinadora Regional de Seguridad y Justicia
Policía Ciudadana y Popular (CRSJ-PCP)
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